sábado, 2 de marzo de 2019

La organización de la Iglesia rural a mediados del siglo XIX


En la España de las primeras décadas del siglo XIX, una serie de cambios políticos, sociales y económicos habían conseguido reducir considerablemente el poder de la Iglesia Católica en aquellos tres ámbitos.

Desde las Cortes de Cádiz (1812), pasando por el Trienio Liberal (1820-1823), y llegando hasta la Revolución Liberal (1835-1837), varios habían sido los intentos por reducir aquel inmenso poder que la iglesia aún mantenía en España.

Juan Álvarez Mendizábal (1790-1853)


Quizás el punto culminante, o por lo menos el más conocido, fuera la denominada Desamortización de Mendizábal (1836), que trajo consigo la venta de los bienes de las órdenes religiosas extinguidas por el gobierno, con el doble objetivo de disminuir el peso de la deuda pública y de que aquellas propiedades improductivas y en poder de la iglesia y las órdenes religiosas, pasaran a una clase media o burguesía, de forma que realmente se enriqueciera al país.


Juan Bravo Murillo (1803-1873)


A este proceso acelerado de desamortización de los bienes eclesiásticos le acompañó también otro paralelo y espontáneo, como fue el de una cierta descristianización de las élites.

Pero a mediados de siglo, todo lo conseguido se desmoronó en poco tiempo. Aprovechando el momento propicio de la Década Moderada (1844-1854), que en 1845 ya había aprobado la Ley de Donación de Culto y Clero que restituía a la iglesia católica en los bienes desamortizados y no vendidos, se aprobó y firmó con el papa Pío IX un concordato por el que el Estado español reconocía a la Iglesia católica como la única de la nación española, así como sus derechos a poseer bienes.

Isabel II (1830-1904)

Este Concordato de 1851, firmado por Juan Bravo Murillo, Presidente del Consejo de Ministros, en nombre de la reina Isabel II, sirvió para restablecer las relaciones Iglesia-Estado, muy deterioradas durante los decenios anteriores. Por medio de este concordato, la iglesia española recuperará parte del poder social, económico e ideológico perdido con la Revolución Liberal.


Pío IX (1792-1878)


En lo fundamental, el Concordato recogía los siguientes aspectos fundamentales:

  • se reafirmó la confesionalidad del Estado, que ya se establecía en la Constitución de 1845, por lo que la iglesia pasó a ser sostenida económicamente por el Estado
  • se reconoció el derecho de la iglesia católica a fiscalizar la enseñanza, no solo de los colegios religioso sino también de la escuela pública
  • la Iglesia conservó la jurisdicción propia sobre sus miembros, así como la capacidad de censura
  • se reconoció el derecho de la Iglesia a adquirir y poseer bienes, que ya no serían objeto de nuevas desamortizaciones
  • se permitió la existencia de órdenes religiosas, tanto masculinas como femeninas, estas últimas centradas sobre todo en "la vida contemplativa y en la educación y enseñanza de las niñas u otras obras de caridad"
  • se reconoció el derecho a crear centros educativos religiosos, al establecer que estableció que el Gobierno podía autorizar la apertura de colegios a las órdenes de religiosos y religiosas legalmente establecidas en España y cuyo objeto fuera la enseñanza
  • se fijaba el número de diócesis que existirían en España, ligeramente inferior al número de sedes episcopales existentes en aquel momento

A cambio de todas estas concesiones, la iglesia asumió, principalmente, tres reconocimientos y concesiones:

-la Iglesia católica confirmó el reconocimiento de Isabel II como reina de España, ya que desde 1833 se había mantenido en una posición "neutral" en el pleito dinástico entre carlistas e isabelinos, no llegando a reconocer como reina legítima a Isabel hasta ocho años después de acabada la guerra carlista (1833-1840)


 P. Claret (1807-1870) confesor de la Reina


-la Iglesia aceptaba la desamortización efectuada hasta entonces y levantaba las condenas eclesiásticas efectuadas en su momento contra el Estado y sus instituciones a causa de las mismas.

-la Iglesia concedió al Gobierno el derecho de presentación para el nombramiento de obispos por el Papa, lo que garantizaba que la jerarquía eclesiástica fuera siempre del gusto del Gobierno.

En 1859, ocho años después de la firma del Concordato, había en España 41 conventos de religiosos (con 719 frailes profesos) y 866 conventos de religiosas (con 12.990 monjas profesas). El Concordato fue derogado en 1931, tras la llegada de la Segunda República.


Caricatura de la revista satírica "La Flaca" (1869): el clero, visto como cómplice del carlismo


En el aspecto económico, en el articulado del Concordato encontramos que:

“la dotación de los curas en las parroquias rurales será de un mínimo de 2200 reales” (art. 33)

“para los gastos de culto parroquial se asignará a las iglesias respectivas de una cantidad anual que no bajará de 1000 reales” (art. 34)

Para las cuestiones organizativas, en el artículo 24 se establece la necesidad de una nueva demarcación parroquial, teniendo en cuenta la extensión y naturaleza del territorio y su población. Las diferentes diócesis se dividen en arciprestazgos (un conjunto de parroquias, vecinas entre sí, agrupadas para organizar su acción pastoral con criterios comunes), y el Concordato establece que los arciprestes rurales serán nombrados por el obispo de entre los párrocos de una comarca.

La diócesis de Burgos se encontraba dividida entonces en 47 arciprestazgos, alguno de los cuales incluye territorios hoy no pertenecientes a la provincia de Burgos: Aguilar de Campóo, Palenzuela y Villarén (Palencia), Treviana, Canales de la Sierra y Ezcaray (La Rioja), Reinosa, Santa Cruz, La Rasa y Valdeprado (Cantabria).

En el entorno de Huérmeces, los pueblos pertenecían a una considerable variedad de arciprestazgos:

  • La Rad: Fuente Úrbel, Nidáguila, La Piedra, Santa Cruz del Tozo, Terradillos de Sedano
  • Ordejones: Basconcillos del Tozo, Hoyos del Tozo, Humada, La Riba de Valdelucio, Talamillo
  • Sedano: Fresno de Nidáguila, Masa, Cernégula, Quintanajuar, Quintanaloma
  • Villadiego: Acedillo, Coculina, Hormazuela, Brullés, Bustillo del Páramo, Castromorca, Fuencivil, Montorio, La Nuez de Arriba, Olmos de la Picaza, Quintana del Pino, Tobar, Tobarejo, Urbel del Castillo, Los Valcárceres, Villalibado, Villanueva de Puerta
  • Río Ubierna: Castrillo de Rucios, Celada de la Torre, Celadilla Sotobrín, Gredilla la Polera, Mata, Quintanarrío, Peñahorada, Quintanaortuño, Quintanilla Sobresierra, Rioseras, Robredo Sobresierra, Ubierna y San Martín, Villalvilla Sobresierra, Villanueva de Río Ubierna, Villaverde Peñahorada
  • Santibáñez Zarzaguda: Avellanosa, Las Celadas, Espinosilla de San Bartolomé, Las Hormazas, Huérmeces, Lodos, Mansilla, Miñón, La Nuez de Abajo, Quintanilla Pedro Abarca, Las Rebolledas, Ros, Ruyales del Páramo, San Pantaleón del Páramo, San Pedro Samuel, Santibáñez, Susinos, Los Tremello, Villorejo y Zumel
  • Tardajos: Arroyal, Marmellar de Arriba, Marmellar de Abajo, Palacios de Benaver, Páramo del Arroyo, Pedrosa de Río Urbel, Quintanadueñas, Las Quintanillas, Rabé de las Calzadas, Santa María Tajadura, Sotragero, Tardajos, Villarmero
  • Melgar de Fernamental: Manciles, Pedrosa del Páramo
  • Gamonal: Quintanilla de Vivar, Vivar del Cid

Cada arciprestazgo de los anteriores comprende una media de 25 parroquias, con un máximo de 34 (Villadiego) y un mínimo de 19 (La Rad).

Los arciprestazgos, a su vez, se dividen en distritos, enfocados especialmente a la realización de las denominadas conferencias morales. En el arciprestazgo de Santibáñez existían cuatro distritos: Ruyales del Páramo, Santibáñez, Nuestra Señora de la Cuadra y Susinos, según el lugar en el que los curas del arciprestazgo se reunieran para celebrar las semanales conferencias morales (normalmente los jueves).

Los curas de Huérmeces, Espinosilla de San Bartolomé, Ruyales, Quintanilla, Pantaleón y Los Tremellos se reunían todos los jueves en Ruyales del Páramo, lugar más o menos equidistante a todos ellos. El presidente del distrito era el cura beneficiado de Huérmeces, Florentín Díaz-Ubierna, y el vicepresidente, el cura beneficiado de Ruyales del Páramo, Lesmes González.

En cuanto a la categoría de las parroquias, el Concordato también establece la necesidad de realizar una nueva clasificación, más acorde con la extensión, población, naturaleza y riqueza del territorio de cada una. En la clasificación antigua existían las seis categorías: de término, de segundo ascenso, de primer ascenso, de entrada, vicarías perpetuas y beneficiados.

En la nueva clasificación varía la denominación de las seis categorías parroquiales: de término, de ascenso, de entrada, rural de primera, rural de segunda y coadjutoría.

En 1863, la Diócesis de Burgos establecía una clasificación peculiar, que conjugaba categorías nuevas con antiguas: de término, de segundo ascenso, de primer ascenso, de entrada, rural de primera y rural de segunda. De las 1175 parroquias que componían entonces la Diócesis de Burgos (la de más parroquias de toda España), 23 estaban clasificadas como "de término", 41 como "de segundo ascenso", 124 como "de primer ascenso", 268 como "de entrada", 206 como "rurales de primera" y 513 como "rurales de segunda".

En el entorno de Huérmeces, tenemos:

  • la máxima categoría (de término) no es ostentada por ninguna parroquia; esta categoría era exclusiva de las grandes parroquias de la capital provincial y aquellas otras enclavadas en importantes centros comarcales (Aguilar de Campóo, Melgar, Sedano, Villadiego)
  • la categoría siguiente (de segundo ascenso) ya aparece en tres parroquias: Santibáñez, Ubierna y Rioseras
  • la tercera categoría (de primer ascenso) aparece en once parroquias: Arroyal, Hontomín, Huérmeces, Mansilla, Pedrosa de Río Úrbel, Quintanaortuño, Quintanilla Sobresierra, Quintanilla Vivar, Sotopalacios, Sotragero y Vivar
  • la cuarta categoría (de entrada), en 17 parroquias: Avellanosa, Celadilla Sotobrín, Cernégula, Las Hormazas (Solano), Lodoso, Manciles, Marmellar de Abajo, Montorio, La Nuez de Abajo, Las Rebolledas, Ros, Susinos, Terradillos, Los Tremellos, Úrbel del Castillo, Villorejo y Zumel.

El resto de las parroquias del entorno pertenecen a las dos últimas categorías: rural de primera, que aparece en 12 parroquias; y rural de segunda, que lo hace en 30.

En el cuadro siguiente se transcribe un resumen de la información contenida en la publicación “Estadística del Arzobispado de Burgos-1863” para los pueblos del entorno de Huérmeces:





Llama la atención el hecho de que la asignación en concepto de "culto" parroquial (gastos materiales) no esté directamente relacionada con la categoría de la parroquia: así tenemos que la parroquia de Huérmeces, clasificada como "de primer ascenso" tiene una asignación de 2000 reales, mientras que las de Rioseras y Ubierna, de categoría superior ("de segundo ascenso"), tienen asignados 800 y 760 reales, respectivamente. La parroquia de Solano (Las Hormazas) tiene la misma asignación que la de Borcos (Las Hormazas) a pesar de que la categoría de la primera ("de entrada") es muy superior a la de la segunda ("rural de segunda"). Misterios tiene la Iglesia.

En cuanto a la "dotación" (salario) para los curas, destaca la asignada a los dos curas de Huérmeces (4500 reales para el beneficiado y 2000 reales para el ecónomo), cantidades solo superadas por la parroquia de Santibáñez Zarzaguda (5500 reales para un cura beneficiado y 2922 para otro); en el extremo opuesto, destacan las más humildes "dotaciones" para los curas de Hormicedo (1100 reales para dos) y Quintana del Pino (1100 reales, también para dos curas); el cura de la parroquia de Icedo, de similar feligresía que los dos anteriores, tiene asignada sin embargo una dotación muy superior (3000 reales); lo mismo sucede con los curas de Fresno de Nidáguila (3300 reales) y Espinosilla de San Bartolomé (3000 reales).

Por el número de curas, destaca sobre todas la parroquia de San Pedro Samuel, que soportaba nada más y nada menos que cinco curas, algunos propios y otros ajenos, como Apolinar Varona, que era también beneficiado de Avellanosa, o Esteban Montorio, beneficiado de Los Tremellos. La dotación para estos cinco curas alcanzaba el importe de 4855 reales.

En cuanto a la edad de los curas, cabe señalar que el 20% son jóvenes (menos de 30 años), el 14% (30-40 años), el 22% (40-50 años), el 31% (50-60 años), el 9% (60-70 años) y solo el 5% mayores de 70 años.

La población de cada pueblo coincide con los datos del Censo de 1857.




Presupuesto General del Estado 1860 (1)
Presupuesto General del Estado 1860 (2)

Presupuesto General del Estado 1860 (3)


Por último, y para hacernos una idea de lo que suponía para las arcas del Estado el mantenimiento de la Iglesia: en el Presupuesto General del Estado de 1860, el gasto previsto alcanzaba la cifra de algo más de 1.887 millones de reales; las “obligaciones eclesiásticas” del Estado suponían 173 millones de reales, algo más del 9% del total del presupuesto.






En la Diócesis de Burgos, por ejemplo, solo el mantenimiento de su clero (catedralicio, colegial, parroquial, beneficial y dotaciones a jubilados) alcanzaba la cifra de 5,2 millones de reales; si a lo anterior le añadimos el mantenimiento del personal en clausura, del personal de las congregaciones religiosas y los gastos materiales, el presupuesto de toda la diócesis alcanza la cifra de 7 millones de reales.  



BIBLIOGRAFÍA:


  • “Estadística del Arzobispado de Burgos. 1º de Enero de 1863”, Imprenta de D. Anselmo Revilla (Burgos) [también existen ediciones correspondientes a los años 1860 y 1872]
  • “Boletín oficial eclesiástico del Arzobispado de Burgos. Año de 1863”, Imprenta de D. Anselmo Revilla (Burgos) [también existen ediciones correspondientes a los años 1860, 1871 y 1872]

Obras consultables en la Biblioteca Digital de Castilla y León.

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