En el archivo municipal existe un curioso expediente relativo al contencioso que mantuvieron -hace ya 138 años- el Ayuntamiento de Huérmeces y un vecino del pueblo, Victoriano Varona. Era entonces alcalde Antonio Díaz Ubierna, para el que el contencioso supondría, entre otras cosas, un marrón considerable.
El origen del contencioso se encuentra en el aprovechamiento anual que se hacía de los lodos arrastrados por uno de los arroyos que atravesaban el pueblo, en concreto el que desembocaba en el cauce molinar existente entre el torreón y la casa de Castilla.
En aquellos tiempos de penurias y miserias, ajenos aún al uso de fertilizantes quimicos, cualquier posibilidad barata de aporte orgánico constituía un bien preciado, y susceptible de venta por parte de las siempre menguadas arcas municipales.
En aquellos tiempos de penurias y miserias, ajenos aún al uso de fertilizantes quimicos, cualquier posibilidad barata de aporte orgánico constituía un bien preciado, y susceptible de venta por parte de las siempre menguadas arcas municipales.
Además
del estiércol producido por el ganado y las bestias, estos cienos y
lodos, arrastrados por la veintena de arroyos que atravesaban el término
de Huérmeces, suponían un abono relativamente importante.
Por
eso, en el curso bajo de estos arroyos solían realizarse pequeñas pozas
o "depósitos" que facilitaran la acumulación de dichos cienos, ricos en
materia orgánica (materiales finos y restos de vegetación descompuesta, principalmente).
En principio, se daba por sentada la "titularidad municipal" de aquellos cienos y lodos, por lo que solía procederse a la periódica venta de los mismos a los diferentes vecinos del pueblo.
En principio, se daba por sentada la "titularidad municipal" de aquellos cienos y lodos, por lo que solía procederse a la periódica venta de los mismos a los diferentes vecinos del pueblo.
Quizás
con el paso de los años, algunos cienos de estas pozas pasarían a ser
aprovechados o comercializados directamente por los propietarios de las
fincas colindantes con el arroyo en cuestión, sobre todo en aquellos que
estuvieran más alejados del pueblo.
Pero
no era ese el caso de la Poza de las Calzadas. Situada en las
inmediaciones del Barrio de Vega, entre las casas de Jaime y de
Castilla, parece ser que los lodos de dicha "poza" venían siendo
subastados por el Ayuntamiento desde hacía mucho tiempo.
Hasta
que un buen año (1880), un osado y díscolo vecino (Victoriano Varona)
decide extraer los lodos de la Poza de las Calzadas sin encomendarse a
Dios ni al Diablo. Alguien denunciaría en el Ayuntamiento el saqueo producido y ya tenemos montado el contencioso.
"Con motivo
de lo acordado por el Ayuntamiento sobre que se le obligue a Victoriano Varona de esta vecindad a
que desista de sacar el estiércol o cieno de la poza o depósito titulado las
Calzadas, propiedad de este Ayuntamiento según consta del libro Catastro
obrante en la Secretaría
del mismo y teniendo en cuenta que el indicado Ayuntamiento ha acordado si no
cumpliese lo que en la misma se manifiesta se le mande o entregue a los
tribunales de justicia por el tanto de culpa a que se haya hecho acreedor, esta
Alcaldía ha acordado, para cerciorarse y probar la posesión del indicado depósito
y evitar conflictos al indicado Ayuntamiento, la providencia siguiente:
En el
Pueblo de Huérmeces a 19 del mes de
Octubre de 1880, el Señor don Antonio
Díaz Ubierna, alcalde constitucional del mismo, y con intervención del
Señor Procurador Sindico de este Ayuntamiento, y con constancia del infra escrito
Secretario, se proceda a la averiguación que arriba se indica, y por los
Alcaldes que fueron en los años de atrás del presente o sea varios anteriores y
con certificación o certificaciones dadas por el Secretario de los documentos
que existan en la
Secretaria acerca de la venta que se ha hecho del
repetido depósito, manifiesten si en los años de su ejercicio la vendieron como
propiedad del Ayuntamiento y si constituyó ingresos o cargo e sus respectivas
cuentas, y si hubieran fallecido o ausentado algunos de los Alcaldes notifíquese
a los individuos que compusieron aquella Corporación para que el día 24 del presente y hora de las dos de la
tarde, comparezcan en la sala del Ayuntamiento a prestar sus respectivas
manifestaciones. Así lo mando y firma dicho señor alcalde de que yo el
secretario certifico."
Antonio Díaz Ubierna
P.S.M. Felipe Gallo
"Notificación:
en el mismo día, yo el secretario del Ayuntamiento y en la secretaría del mismo,
teniendo en mi presencia a don Simón Ubierna, don Antonio García Tudanca, don
Fabián Valderrama, don Simón Villalvilla, don Eugenio Villanueva y don Valentín
González, a los cuales les leí íntegra y notifiqué la providencia que antecede,
y enterados firman de que certifico hoy día 24 de Octubre de 1880, y Manuel González."
Simón
Villalvilla
Fabián
Valderrama
Valentín
González
Antonio
García Tudanca
Manuel
González
Eusebio
Villanueva
Simón
Ubierna
Felipe
Gallo
Visto el escaso éxito del requerimiento, pocos días después el Ayuntamiento le pide que -en un plazo prundencial- proceda al reintegro total de los cienos a su lecho original. Victoriano siguió erre que erre. Ni el escrito en sí, ni la presencia ante su casa del alguacil y del secretario municipal (Felipe Gallo) le hicieron cambiar de postura.
En una fase posterior, el Ayuntamiento acuerda imponer a don Victoriano una multa de 15 pesetas (una pasta gansa en aquella época), a satisfacer en el plazo improrrogable de 10 días; también se le comunica la obligación de devolver el cieno a su sitio en el plazo de 6 días.
A los pocos días, un nuevo escrito le comunica a don Victoriano un recargo del 5% en la multa antes impuesta, así como el traslado del expediente a los tribunales de justicia. Al llegar a esta fase, parece que don Victoriano entró en reacción y se le soltó la lengua.
En su descargo, don Victoriano argumentó ante alguacil y secretario que el arroyo en cuestión era propiedad del Marqués de Ávila Fuente [Marqués de Aguilafuente] (1) y que él, en su condición de arrendatario, había procedido a realizar su limpieza sin que nadie le hubiera puesto impedimiento al respecto. Añadía que lo mismo venía haciéndose con el resto de los veinte arroyos del pueblo, aprovechados por los diferentes vecinos sin que a nadie le pareciera mal. Que solo a él se le trataba tan arbitrariamente. Estamos, pues, en la fase del por qué a mí me riñes y a los demás no.
Don Victoriano amenazó, incluso, con escribir al Excelentísimo Gobernador de la provincia, para hacerle partícipe de la enorme injusticia que se estaba cometiendo con su persona.
En días posteriores, el Alcalde -por medio de una providencia- inició la averiguación de lo que hubiera por costumbre en años anteriores: tuvieron que prestar declaración antiguos alcaldes, jueces municipales, depositarios e, incluso, vecinos que compraron en su día al ayuntamiento el cieno de la poza. Todos coincidieron: el cieno de la Poza de las Calzadas venía siendo vendido por el Ayuntamiento desde -como mínimo- 1830, y el importe de su venta venía recogido en los correspondientes presupuestos municipales de cada año.
Entre los viejos alcaldes, prestaron declaración: Simón Ubierna (1851-1852), Manuel González (1871-1872), Eusebio Villanueva (1875-1876), Simón Villalvilla (1878-1879) y Antonio García Tudanca (1830, 1861, 1867-1868). También declaró el antiguo juez municipal, Valentín González (1870-1874). En su condición de depositario lo hizo Fabián Valderrama (1871); y como antiguo comprador, Tomás Arribas (1871).
No sabemos si don Victoriano se avino a razones. Si pagó la multa y su recargo. Si devolvió la mercancía. Si llegó a enviar la carta de queja al Gobernador provincial. Si se enemistó de por vida con alcalde, secretario y alguacil. Si quitó la palabra a todos los vecinos que desfilaron como testigos por sede municipal. Incluso si llegó a reincidir en el delito en años posteriores.
Los documentos que conforman el expediente no nos aclaran nada acerca de su resolución final, aunque nos lo podemos imaginar: ya en aquellos tiempos no era buena práctica enfrentarse al poder municipal, y una vez que se iniciaba un expediente ... su inercia burocrática era imparable. Sobre todo si eras un común labrador.
APUNTES FAMILIARES:
En días posteriores, el Alcalde -por medio de una providencia- inició la averiguación de lo que hubiera por costumbre en años anteriores: tuvieron que prestar declaración antiguos alcaldes, jueces municipales, depositarios e, incluso, vecinos que compraron en su día al ayuntamiento el cieno de la poza. Todos coincidieron: el cieno de la Poza de las Calzadas venía siendo vendido por el Ayuntamiento desde -como mínimo- 1830, y el importe de su venta venía recogido en los correspondientes presupuestos municipales de cada año.
No sabemos si don Victoriano se avino a razones. Si pagó la multa y su recargo. Si devolvió la mercancía. Si llegó a enviar la carta de queja al Gobernador provincial. Si se enemistó de por vida con alcalde, secretario y alguacil. Si quitó la palabra a todos los vecinos que desfilaron como testigos por sede municipal. Incluso si llegó a reincidir en el delito en años posteriores.
Los documentos que conforman el expediente no nos aclaran nada acerca de su resolución final, aunque nos lo podemos imaginar: ya en aquellos tiempos no era buena práctica enfrentarse al poder municipal, y una vez que se iniciaba un expediente ... su inercia burocrática era imparable. Sobre todo si eras un común labrador.
No
habiendo usted cumplido con la orden que a usted se le dio, de que
devolviese el cieno al punto donde usted lo sacó, propiedad exclusiva de
este municipio, el Ayuntamiento [ha] acordado se le haga a usted
efectiva la multa de quince pesetas en que fue usted comunicado en el
improrrogable término de diez días, y con respecto a la devolución del
cieno, la verificará usted en el término de seis, pues de no
verificarlo, lo hará esta alcaldía por autorización del Ayuntamiento
[...] por carros si son necesarios, a consta de usted, firmando de
quedar enterado de la presente comunicación.
Huérmeces, 26 de setiembre de 1880
El alcalde,
Antonio Díaz Ubierna
Enterado, dice que ya tiene contestado en otras comunicaciones y firma fecha [...]
Victoriano Varona
Felipe Gallo Huérmeces, 26 de setiembre de 1880
El alcalde,
Antonio Díaz Ubierna
Enterado, dice que ya tiene contestado en otras comunicaciones y firma fecha [...]
Victoriano Varona
APUNTES FAMILIARES:
Victoriano Varona Alonso nació en Huérmeces en 1828 y falleció en el mismo pueblo en 1902. En 1847 contrajo matrimonio con María Ubierna Alonso. Tuvieron seis hijos: Lucía, Narciso, José, Guillermo, María y Benito.
AGRADECIMIENTOS:
A Mauro Díaz-Ubierna, vecino de Huérmeces, por ayudarme a ubicar la denominada Poza de las Calzadas, topónimo hoy desaparecido en Huérmeces.
AGRADECIMIENTOS:
A Mauro Díaz-Ubierna, vecino de Huérmeces, por ayudarme a ubicar la denominada Poza de las Calzadas, topónimo hoy desaparecido en Huérmeces.
(1) Durante casi 90 años, a caballo entre los siglos XVIII y XIX, coinciden en las mismas personas los títulos de Marqués de Aguilafuente y Duque de Abrantes:
- Manuel Bernardino de Carvajal y Zúñiga (1739-1783): XII Marqués de Aguilafuente y VI Duque de Abrantes
- Angel María de Carvajal y Gonzaga (1771-1793): XIII Marqués de Aguilafuente y VII Duque de Abrantes
- Angel María de Carvajal y Fernández de Córdoba (1793-1839): XIV Marqués de Aguilafuente y VIII Duque de Abrantes
Este es el motivo por el que en el expediente de la Poza se asevera que es el Marqués de Aguilafuente [Ávila Fuente, sic] el titular del arroyo en el que se ubica la Poza de las Calzadas; dicho arroyo es colindante con la finca en la que se enclava el viejo torreón de los duques de Abrantes, y en la que también se levantaba el desaparecido molino del Rinconcillo (o Molinduengo).
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